El 12 de agosto de 1949, tras la Segunda Guerra Mundial, los Estados aprobaron los Cuatro Convenios de Ginebra -leyes de la guerra-, como un reflejo de los valores universales de comportamiento moral y ético para recordarnos que “hasta la guerra tiene límites”. 

Los Convenios o Convenciones de Ginebra son el conjunto de tratados internacionales que contienen las principales normas jurídicas destinadas a limitar la barbarie de la guerra, regulan el derecho internacional humanitario (DIH), y su propósito es proteger a las víctimas, regular las formas en que se pueden librar los conflictos armados y limitar los efectos de éstos, estableciendo la obligación de dispensar un trato humano y digno. 

Los Convenios reconocen el rol de los componentes del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, en particular del CICR y de las Sociedades Nacionales en la promoción de estas Normas y en la asistencia a las víctimas. En Colombia seguimos padeciendo las consecuencias del conflicto armado no internacional y otras situaciones de violencia, por lo que la Cruz Roja Colombiana brinda asistencia y protección a las víctimas que sufren los impactos humanitarios de las confrontaciones. 

Los cuatro Convenios de Ginebra regulan:  

  • Convenio I, vela por la protección de los heridos y los enfermos de las fuerzas armadas en campaña terrestre. 
  • Convenio II, protege a los heridos, los enfermos y los náufragos de las fuerzas armadas en el mar. 
  • Convenio III, establece las normas de protección para los prisioneros de guerra. 
  • Convenio IV, vela por la protección debida a las personas civiles en tiempo de guerra. 
  • En 1949 se incorporó el art 3. Común a los cuatro convenios que regula la protección de las personas en los conflictos armados no internacionales. 

     Protocolos adicionales  

    Estos instrumentos en 1977 entran a reforzar los Convenios de Ginebra en temas de protección que se confiere a las víctimas de los conflictos internacionales y de los conflictos no internacionales. En 2005, se aprobó un tercer Protocolo Adicional, que establece un emblema en adición a los ya establecidos, el cristal rojo, que tiene el mismo estatuto internacional que los emblemas de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. 

     1977   Protocolo adicional I- conflictos internacionales. 

                Protocolo adicional II- conflictos no internacionales. 

    2005   Protocolo adicional III- emblema distintivo adicional.